Tribunales/ Laopinióndemurcia.es 14-08-2010
La Audiencia revoca doce sentencias por violencia de género en pocas semanas
Los magistrados dicen que no todas las agresiones a mujeres pueden considerarse como actos de dominación machista
F. J. MORENO La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, que preside la magistrada María Jover, dictó en las últimas semanas una docena de sentencias en las que se revocan condenas de prisión impuestas por el delito de violencia de género. Estas penas se sustituyeron por penas de multas o de localización permanente, amparándose en que «no todas las agresiones a mujeres pueden ser consideradas como actos de dominación machista», según declara el magistrado Juan del Olmo en una de sus últimas sentencias, en la que se sustituyen los nueve meses y un día de prisión impuestos por un Juzgado de lo Penal de Murcia a un hombre que agredió a su ex compañera por seis días de localización permanente por una falta de lesiones.
En esta resolución, el magistrado se refiere a las dos líneas jurisprudenciales que se mantienen en el Tribunal Supremo, una de las cuales es partidaria de condenar por violencia de género en todos los casos de agresión del hombre hacia la mujer y otra en la que sólo se debe hacer cuando los hechos probados acrediten que la violencia fue debida a una dominación machista.
El magistrado dice que «la Sala, pese a esa doctrina discrepante, considera amparada constitucional y jurisprudencialmente la exigencia de acreditación de la reiterada situación de desigualdad o de dominio del varón sobre la mujer». Así, el magistrado Augusto Morales sustituyó una pena de seis meses de cárcel por un mes de multa a un hombre que agredió a una ex compañera en Jumilla al negarse ésta a darle el dinero que le exigía.
Las asociaciones de jueces y magistrados han pedido al Tribunal Supremo una línea jurisprudencial única para evitar las discrepancias que han surgido entre las distintas Audiencias Provinciales.
En esta resolución, el magistrado se refiere a las dos líneas jurisprudenciales que se mantienen en el Tribunal Supremo, una de las cuales es partidaria de condenar por violencia de género en todos los casos de agresión del hombre hacia la mujer y otra en la que sólo se debe hacer cuando los hechos probados acrediten que la violencia fue debida a una dominación machista.
El magistrado dice que «la Sala, pese a esa doctrina discrepante, considera amparada constitucional y jurisprudencialmente la exigencia de acreditación de la reiterada situación de desigualdad o de dominio del varón sobre la mujer». Así, el magistrado Augusto Morales sustituyó una pena de seis meses de cárcel por un mes de multa a un hombre que agredió a una ex compañera en Jumilla al negarse ésta a darle el dinero que le exigía.
Las asociaciones de jueces y magistrados han pedido al Tribunal Supremo una línea jurisprudencial única para evitar las discrepancias que han surgido entre las distintas Audiencias Provinciales.
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